MODELO DE DEFENSA FRENTE A SANCIONES POR BEBER AGUA EN SEVILLA

El otro día me dijo Diana Carbajal que en Sevilla la policía estaba procediendo a detener, identificar y denunciar a los grupos de jóvenes superiores a cinco que fuesen caminando por la calle o que se encontraran parados en la vía pública. Al parecer bajo la acusación de manifestación o concentración ilegal. No sé si en la interpretación había algún error, pero en todo caso una cosa así me habría extrañado si nos encontráramos en Suecia, Noruega, Suiza, Finlandia, Dinamarca, Reino Unido, Alemania u otro país civilizado. Creo que incluso me habría sorprendido si nos encontráramos en Indonesia, Guinea Papúa, Madagascar o Mongolia. Pero recuerdo que no me sorprendí porque al fin y el cabo estamos donde estamos.

El caso es que me contó Diana que la policía de Sevilla había trincado a un grupo de siete criaturas y les había intervenido no una bomba, ni un Kalasnikov, ni una maleta con comisiones ilegales, sino una lata de Sprite y otra de Fanta, que supongo que en la mente del responsable fueron consideradas armas letales o al menos antisociales. Y si sólo hubiera sido esto, vale. Pero les cascaron cien euros de multa a cada uno.

Diana piensa que la policía está comenzando a intimidar de cara a las manifestaciones del día 12. Yo no sé si es así, pero desde el punto de vista de los derechos individuales esa conducta me parece a la par marciana y abusiva, y más si se hace con jóvenes a los que hay que cuidar y dar trabajo y no meterles multas de cien euros que no tienen y a este paso nunca tendrán.

Le pedí que me leyera la denuncia. Ya tengo muuuuucha experiencia en defensa de expedientes sancionadores y estoy acostumbrado a las idioteces de quien tiene el poder de fastidiarte con firmas y sellos oficiales. Los funcionarios y autoridades, en un éxtasis de fervor por el artículo 103 de la Constitución, que garantiza la obligación de objetividad de la Administración, suelen hacer un uso desde inapropiado hasta vergonzoso del ordenamiento jurídico, deformándolo, exagerándolo o interpretándolo de forma extensiva a fin de fulminar a sea quien fuere que le ha tocado la china.

Por lo tanto, dediqué un momento a contrastar la calificación de la conducta con la norma en la que se recoge la falta administrativa y desde luego que no encajan una cosa con la otra, así que voy a poner aquí un modelo muy simple de escrito de defensa para estas y otras posibles víctimas de nuevas denuncias, sabiendo que esto sólo vale para Andalucía porque es una ley de allí.

Aquí va:

AL INSTRUCTOR DEL EXPEDIENTE NÚMERO …………..

SERVICIO DE …………..

………………………………., mayor de edad, con domicilio en …………………., comparezco y, como mejor en derecho proceda, DIGO:

Que, habiendo recibido notificación del acuerdo de inicio del expediente, dentro del plazo hábil formulo contra el mismo las presentes

ALEGACIONES

Se dicta acuerdo de iniciación a consecuencia de los siguientes hechos: …………………………………………………………………………………….

(a los chicos los pillaron bebiendo Sprite y Fanta y la defensa la acomodo a este supuesto ¿vale?)

Se califican los hechos anteriores como una falta leve del artículo 8.1 de la ley  7/2006, de 24 de octubre, sobre potestades administrativas en materia de determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos de los municipios de Andalucía, sin que la conducta que se reprocha coincida con el tipo legal, cuya definición es la siguiente:

La permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o realizando otras actividades que pongan en peligro la pacífica convivencia ciudadana fuera de las zonas del término municipal que el Ayuntamiento haya establecido como permitidas”.

Parece que el instructor entiende que la expresión “consumiendo bebidas” incluye todo tipo de dichas bebidas, incluyendo las que no contienen alcohol, tales como agua, tónica o refrescos, que es lo que el compareciente estaba bebiendo en el momento de la denuncia. Esta interpretación ni se ajusta ni se puede ajustar al ordenamiento jurídico, no solamente porque el consumo de bebidas no alcohólicas carece de efectos negativos en la convivencia, sino porque resulta necesario para la salud humana, como no parece que sea preciso explicar. Si el consumo de agua o refrescos en la vía pública fuese una falta administrativa, la Administración debería abrir expediente sancionador a cada turista que discurre por la ciudad con la cámara de fotos al hombro y la botella de agua en al mano, entre otros. La única forma recta de interpretar de forma decente el precepto, cuya técnica jurídica es harto deficiente, es refiriéndolo al consumo de bebidas alcohólicas.

Aclarado esto, es claro que el acuerdo de inicio vulnera el artículo 25.1 de la Constitución, donde como no ignora el instructor viene recogido el principio de legalidad de los delitos y las penas y las infracciones administrativas y sus sanciones. No existe precepto alguno que prohiba el consumo en la vía pública de agua, tónica y refrescos, por lo que el acuerdo de inicio, además de vulnerar el mencionado precepto constitucional, contiene una interpretación extensiva y/o analógica de una norma sancionadora, lo que como resulta bien conocido está prohibido.

En caso de que el instructor considere que su interpretación del precepto es correcta, es decir, que el mismo define como falta el consumo en la vía pública de bebidas tales como agua, tónica o refrescos, interesa que a fin de no lesionar el derecho constitucional de igualdad, se incoe también expediente sancionador a cada uno de los ciudadanos que beben agua por la calle, incluyendo los turistas y sus familias.

Por otro lado, es evidente que existe total ausencia de tipicidad, puesto que para que el hecho de beber en la vía pública se transforme en falta administrativa es preciso que el hecho de hacerlo, tal como exige el precepto, «ponga en peligro la pacífica convivencia ciudadana», por lo que el boletín de denuncia no deberá limitarse a constatar que el interesado estaba bebiendo en la vía pública, sino que deberá especificar en qué manera ese hecho ponía en peligro la pacífica convivencia ciudadana. Como quiera que el boletín de denuncia nada menciona al respecto, NO HAY TIPICIDAD  y no se puede imponer sanción alguna al no cumplirse el requisito del artículo 25 .1 de la Constitución al que antes me he referido, es decir, el principio de legalidad de los delitos y las penas.

En su virtud,

SOLICITO: Se sirva archivar el expediente sin declaración de responsabilidad.

………………. a …………….. de …………………..

Suerte

José Ortega

joseortega@costasmaritimas.es

46 comentarios en “MODELO DE DEFENSA FRENTE A SANCIONES POR BEBER AGUA EN SEVILLA

  1. Pingback: SOBRE LA PENALIZACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE MANIFESTACIONES NO HAY NADA (NADA) ESCRITO | Ciutadans d´Europa

  2. Agradezco tu detalle, lo utilizaré si «pillan» a alguna de mis niñas con una botella de refresco, pero como lo que lleve sea alcohol, se queda sin paga hasta que cumpla 18 y alguna cosa más. . Antes que llegar a la prohibición, debería haber alternativas para los jóvenes que no hay. En Sevilla, lo que si hay es menos apoyo de los padres a los hijos de lo que hay en Valencia, solo tienes que darte una vuelta por la noche el viernes por el Charco de la Pava, la zona de la Feria, el parque de Maria Luisa para ver lo que te digo. Tengo entendido que es una de las ciudades que más se gasta en mobiliario urbano, y precisamente no es porque haya muchas manifestaciones, sino porque demasiado alcohol en determiandos sitios y acaba arrasandolo todo. Sin ánimo de ofender, solo de fotografiar la realidad, hay muchos progenitores a las 12 de la noche en el bar, el tiempo ayuda, y los chavales con menos recursos que ellos, «cogiendola» en el parque de al lado. Y ya entro en detalles como la idiosincracia de las fiestas, para no ir más lejos la Feria y o El Rocio. Siembra y recogerás.

  3. Hoy me ha llegado por carta certificada una multa por beber en via publica el día 1/07/12 en Conil de la Frontera por la cantidad de 300€, obteniendo un 30% de dto, por pronto pago (210€).
    Estoy disconforme con la denuncia, y expongo lo ocurrido por si me puede dar alguna sugerencia.
    Nos encontrábamos en Conil de la Frontera de vacaciones, estábamos (2 personas) en un PUB en el centro, cuando a eso de las 3 am, yo que tenía que conducir estaba cansada y decidimos marcharnos, aún no habíamos acabado con la copa (Un whisky mi pareja y una fanta de limón (sola) Yo) pero no queríamos seguir allí, por lo que en la puerta de salida nos quitan el vaso de cristal vaciando su contenido en uno de plástico, y nos dirigimos hacia donde habíamos aparcado el coche, en el trayecto y muy cerca de donde estabamos estacionados, habia un grupo de chicos con un coche enfrente en doble fila, mi pareja se paro para pedirles un poco de hielo para acabarse la copa, en ese momento sale del coche 1 policia secreta, y nos dice que le demos nuestros DNI ya que no se puede beber en la vía publica, directamente nos coje los vasos y nos vacía su contenido y tira los plásticos en una papelera cercana, sin ni siquiera escuchar alguna alegación del contenido ( ya que al menos 1 de ellos no contenía bebida alcohólica). Nos mostramos colaboradores y les facilitamos los DNI, e intentamos dialogar para explicarles que no hacemos botellón, sino que vamos andando hacia el coche para irnos, con un vaso que nos han dado en un local, pero ni si quiera nos escucha. Termina de realizar sus anotaciones y nos devuelve los DNI pero no firmamos nada ni nada. Y nos dice que nos vayamos antes de que nos caiga algo más. Por lo que así lo hacemos. Nose si es algo que se puede recurrir, ni cual es su norma para saber si es alcohol o no, o si la ley prohíbe el consumo de cualquier bebida en la vía publica, ya que nos fuimos del PUB porque estaba muy agobiada y no aguante ni acabarme el refresco y me lo fui bebiendo al fresquito. Solo quiero escuchar algún consejo o sugerencia de como enfrentarme a esta desafortunada situación. Gracias con antelación.

      • Hola, Sr. Ortega. Antes de nada, felicitarle por su blog, por sus intenciones de defensa del débil (que comparto) y por la ayuda que nos está aportando a muchos de los «injustamente» denunciados. Aprovecho esta entrada para dirigirme a vd.
        Para no quitarle mucho tiempo le resumo que se trata de un caso más de los que le han relatado de Sevilla. Soy padre de una chica de 19 años que no consume alcohol, que permaneció en el lugar con unas amigas cuando llegó la policía (el resto huyó) precisamente porque no estaban consumiendo nada (ni ella ni sus amigas) y que ha recibido la notificación de denuncia bajo los mismos términos que ya han dicho otros de Sevilla. Además, el denunciante afirma en el parte de denuncia que ellas se negaron a firmar, lo que es falso, ya que ni siquiera se lo pidieron. Tampoco dice nada el parte de la bebida que estaban, supuestamente, consumiendo.
        Estoy preparando las alegaciones en base al modelo que vd ha ofrecido, pero quisiera hacerle una consulta. Mi pregunta es si los padres podemos hacer las alegaciones solidariamente con la denunciada o no es procedente, y en el caso de que se pudiera hacer ¿habría que añadir los datos de los padres al escrito sin más?. La idea es aportar peso al argumento de no haber bebido, etc.
        Gracias por su atención

        Pepe Rodríguez
        Sevilla

      • Estimado amigo:
        Aunque no sea habitual que en un expediente se personen como interesados los terceros, la ley dice que son interesados los que tengan algún interés que pueda resultar afectado por la resolución que se dicte. Así que con base en esa norma, puede usted intentarlo.

    • Me gustaría saber, como acabo el caso. Ya que yo tengo el mismo problema solo que a mi me pilló con cuatro amigos sacando la maletas direccion al piso en el que nos ibamos a quedar. Y definitivamente a Conil no vuelvo de vacaciones.

    • Me llamo Lucia y me gustaría saber como terminó todo el tema de tu multa de Conil de la frontera, xq a mi me ha pasado lo mismo. Me gustaría saber si pagaste si recurriste.
      Muchas gracias

  4. Me acaba de llegar una multa por permanecer y concentrarse consumiendo bebidas en Sevilla. Me a pasado lo mismo que en el ejemplo pero con la diferencia de que a mi no me avisaron de que era una multa, supuesta mente era un aviso que nunca llegaría a multa. Me gustaría que me ayudara por que no entiendo el porque de esta multa, no estaba bebiendo ni agua y ademas yo solo iba con una amiga pero cuando nos paramos a ver unos amigos vino la policía. No veo justa esta multa, ¿solo por que les de el dni me pueden multar? es que entonces me pueden parar con el coche y ponerme una multa por cualquier cosa siendo mentira. Le agradecería que me diera alguna sugerencia.

    • La explicación es que están abusando del principio legal de presunción de veracidad de las actas y denuncias de los funcionarios. M encuentro con esa situacion todos los dias. Se puede discutir, pero hay que sudar tinta. Si me mandas lo que has recibido te cuento con màs criterio.

  5. Hola José. He encontrado tu página buscando algún tipo de información al respecto.
    He recogido en el ayuntamiento de mi pueblo una notificación de iniciación de procedimiento sancionador contra mi hijo de 17 años del pasado 12 de marzo. El hecho denunciado es el consumo de una litrona de cerveza en un parque público un grupo de chicos.
    Mi hijo salía de clase y al pasar por ese parque se paró a saludar a un amigo, con la mala suerte, de que en ese momento llegaron los municipales y le pidieron la documentación. El dijo que no estaba bebiendo y que solo pasaba por allí, pero como el culpable no dijo nada, expedientaron a todos los chicos que había allí. No sé las consecuencias que puede tener este procedimiento y tampoco sé como hacer las alegaciones que expongo anteriormente.
    No me gusta nada que a mi hijo le abran un expediente sólo por pasar por allí. Me gustaría que me dieras alguna sugerencia sobre lo que hacer al respecto. La verdad es que en estos casos me encuentro completamente indefensa e impotente ante la ley.
    Gracias

  6. El día 8 de octubre de 2012 me llegó la notificación de denuncia de convivencia, en la que me sancionan con un importe de 100.00€. El hecho denunciado es: Permanecer y concentrarse en unión de personas consumiendo bebidas fuera de zonas que el ayuntamiento haya establecido como permitidas, colaborando con el requerimiento policial. A continuación dispongo a relatar la verdad de dicho hecho.
    Hecho ocurrido el día 25 de agosto de 2012 a las 01:00.
    -Nos encontrábamos la presente persona junto a su amigo por el centro de Sevilla. Eran las 00:00 y acabábamos de salir de la cafetería Starbucks junto a la Avenida de la Constitución por lo que llevábamos una bebida de dicha cafetería, concretamente un «frappuccino´´, la cual no está obligada a consumirse obligatoriamente en el establecimiento, sino que cualquier persona podría llevarla a la calle para su consumo. De vuelta al domicilio pasamos junto a la Glorieta de Mejico, junto al parque María Luisa, con la mala fortuna que se acercaron dos furgones policiales a un aparcamiento junto al cual pasábamos. Había varias personas en dicho aparcamiento, pero nosotros en ningún momento estábamos permaneciendo allí. Vimos que las personas de dicho aparcamiento se marcharon, y se nos acercaron tres agentes de policía, solicitando que le diésemos nuestra documentación. Nos extrañábamos de la situación y pedí explicaciones a los agentes. Les entregamos nuestra documentación y le sugerí si podría darme alguna explicación, a lo que la señora agente, la cual estaba rellenando el parte de denuncia, nos respondió, “te ha tocado”. Atónito por aquella situación y al ver que la agente no procedía a explicarme los motivos por los cuales nos detuvo, pregunté a un segundo agente que se encontraba a su lado si podría explicarme o darme algún motivo, pero su reacción fue la de no mirarme a la cara, si no al suelo. Dicha postura motiva a pensar que podría haberse sentido avergonzado o inseguro. El motivo parece ser el consumo de bebidas, ya fuesen alcohólicas o no alcohólicas. Mi reacción fue la de pedir una prueba de alcoholemia para demostrar al menos que en ningún momento había tomado alcohol. Ninguno de los agentes corroboró si el vaso de plástico, procedente de la cafetería, se encontraba lleno o vacío. El vaso se encontraba vacío, por lo que no estaba consumiendo en dicho momento ningún tipo de bebida. Pedí al menos si me pudiese facilitar información acerca del lugar y cuando podría ir a presentar alegaciones o reclamar, a lo que la agente me respondió que detrás del parte de denuncia estaba. En el parte de denuncia no se especificaba el lugar, horarios o algún teléfono de contacto. Al devolvernos nuestro documento de identidad y la copia del parte de denuncia nos dispusimos a marcharnos. Los agentes no confiscaron, solicitaron o tiraron nuestros vasos. Pensé que hacerle una foto al vaso sería motivo de prueba, ya que podría verse en los detalles de la imagen la hora y fecha en la cual se realizó dicha foto. Y así lo hice cuando los agentes nos dejaron marchar.
    -En el parte de denuncia, en la sección de “Comprobación de los hechos por el agente” se expone: Consume un batido en vaso de plástico. (Adjunto fotocopia de dicho parte de denuncia). El hecho denunciado es “La permanencia y concentración en unión de personas consumiendo bebidas fuera de las zonas habilitadas, colaborando con el requerimiento de los Agentes”. Dicha ley no parece estar completa ya que la Ley 7/2006 expone: “La permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o realizando otras actividades que pongan en peligro la pacífica convivencia ciudadana fuera de las zonas del término municipal que el Ayuntamiento haya establecido como permitidas”.
    Este hecho es el que voy a presentar en la alegación. Me gustaría que me aconsejará en algo y también para dar a conocer uno de los muchos casos en los que se abusa. Un saludo y muchas gracias por todo.

  7. Buenas José!!!
    He accedido a esta pagina buscando información para recurrir una denuncia que me pusieron este verano en la localidad de Mojácar (Almería) que supuestamente es por «La permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o realizando otras actividades que pongan en peligro la pacífica convivencia ciudadana fuera de las zonas del término municipal que el Ayuntamiento haya establecido como permitidas» . La notificación de la sanción llego a mi casa el 26/10/2012. Me gustaría que me ayudase con los tramites (donde tengo que reclamar y como reclamar) ya que yo simplemente pare para hablar con un amigo que estaba alli aciendo botellon, y no incumplí ninguna norma.
    Muchas gracias!!!

  8. Hola, muchas gracias por su labor en defensa de los más débiles. A mi me pasa algo parecido y me gustaría contar con su ayuda:

    Este verano fui a Mojácar con unos amigos a un apartamento durante unos días. Una noche comenzamos a beber en el piso, y como queríamos llegar a la discoteca antes de las 1:00 AM salimos a la calle con vasos de plástico para terminar por el camino lo que nos quedaba. Ibamos caminando por la acera a paso rápido, hablando entre nosotros con una actitud completamente normal y cívica, cuando un agente de la policia local que estaba en la otra acera cruza y nos pide la documentación. Nosotros estupefactos, ignorantes al hecho de estar haciendo algo malo, preguntamos qué pasaba y el agente en actitud poco amable volvió a pedirnos la documentación y nos dijo que no se podía beber en la calle. Al ser conscientes del problema alegamos que no lo sabíamos y tiramos los vasos a un contenedor de basura que había justo al lado, tratando de arreglar el error pero el agente seguía pidiendo que nos identificáramos. Le dimos nuestros datos y mientras el otro agente (bastante más amable y cordial que el primero) hablaba con nosotros explicándonos la ley que prohibía beber en la calle y nosotros nos disculpábamos y alegábamos que no creíamos estar haciendo nada malo. Tras hablar unos minutos con él nos dijo que nos fuéramos y que no nos iba a sancionar.

    El otro día me llegó la notificación de la sanción y me quedé muy sorprendido. En mi defensa argumento que nosotros estábamos caminando, ni permanenciendo ni concentrados, por tanto no creo que se nos pueda aplicar el articulo. Además el agente nos indultó en aquel momento y NO nos entregó boletín de denuncia ni firmamos nada.

    Le he enviado un mail a la dirección ortega_abogados@hotmail.com explicándole el caso más detalladamente y espero poder contar con su ayuda.

    Muchas gracias!

  9. Hola Jose , buenas noches
    he visto tu blog tras buscar informacion en la red sobre el tema de las multas por botellon, a mi hijo le han puesto una el otro dia en Madrid y en el aviso q le dio la policia de inicio del procedimiento han confundido la fecha y han puesto el mes q viene, se puede hacer algo al respecto o es mejor declararse culpable y obtener la reduccion del 40 ?
    muchas gracias y un saludo

  10. Hola José,
    Yo también he recibido hoy una NOTIFICACIÓN INICIO EXPTE. SANCIONADOR del Ayuntamiento de Conil, por una denuncia del 5 de agosto de 2012.
    Mi caso es similar al del inicio del presente Post.
    Me encontraba en una fila de gente esperando el autobús, estaba bebiendo una cocacola yo sólo, pero cerca de un grupo que poseía bebidas alcohólicas. Le expliqué mi situación al Policía, pero me dijo que me tomaba los datos como medida disuasoria. Como no me dió justificante de la denuncia yo me quedé tranquilo, pero hoy me llega una multa de 300€ por los Hechos: «Según datos obrantes en acta de denuncia nºXXXX de fecha (…) el Oficial de Policía y los agentes (…) cuando realizaban rondas de inspección por las inmediaciones del Pase del Atlántico, observan a una persona consumiendo bebidas en la vía pública.
    Los agentes ni siquiera se molestaron en comprobar si la bebida era o no alcohólica.
    Me han multado por consumir bebidas en la vía pública!!!
    Te escribo para ver si me puedes orientar a la hora de plantear un escrito de alegaciones.
    Un saludo y gracias de antemano.

  11. Buenos días Ortega ,he leído en tu blog que ayudas a los demás y quisiera contarte mi problema a ver si me puedes ayudar.
    Resulta que este verano cuando me iba a recoger mi vehículo, en los aparcamientos de conil, en la superficie del vehículo había una botella de refrescos .
    Mí sorpresa llegó que al abrir la puerta me llamaron dos policías secretas y me pidieron mi d.n.i y sin mediar nada y ní preguntar nada me ha llegado una sanción de 300 euros por beber en la vía pública.
    No sé que hacer estoy en paro y pido ayuda .
    Gracias

  12. Hola José, lo mismo que los amigos que me preceden; que buscando y buscando he dado con tu blog y te escribo a ver si me puedes ayudar. Que nos ha llegado una denuncia del ayuntamiento, por el siguiente concepto: CONSUMIR BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN LA VÍA PÚBLICA (UN CUBATA DE RON CON FANTA) EN LA CALLE TAL Y CUAL PASCUAL…es una denuncia que al parecer, le pusieron a mi hijo de 18 años hace algunos meses y que nos llega ahora. Mi pregunta como padre, y puesto que, dada la candidez propia de los años que le contemplan, cantó por soleares respecto de la bebida que estaba consumiendo, es si existe alguna posibilidad de recurso, ergo modo de eludir la sanción que son 150 euros, que supuestamente no lleva descuento por pronto pago. Gracias Don José si me contesta.
    Saludos

  13. Hola José, Sé que te falta tiempo para contestarnos a todos y si puedes te lo agradecería. A mi hijo le pasó lo mismo que a Ismaell en Mojacar con la diferencia de que la notificación llegó hace dos dias y los hechos sucedieron en junio de 2012. He intentado informarme y alguien me dice que las faltas leves( como se tipifica esta) prescriben si te las notifican pasados los seis meses de la infracción. Por favor podrias orientarme para poder recurrir?Muchas gracias.

  14. Hola José, mi nombre es Raquel y soy una chica de 19 años de Sevilla. Antes que nada, decirte que soy una persona que raramente bebe alcohol salvo en fiestas de tipo Navidad, y nunca he bebido bebidas con gas, ya que no me gustan ni soporto desde que era pequeña. Paso a contarte los hechos: En octubre del año pasado nos reunimos ya para finalizar la noche del cumple

  15. Hola José, mi nombre es Raquel y soy una chica de 19 años de Sevilla. Antes que nada, decirte que soy una persona que raramente bebe alcohol salvo en fiestas de tipo Navidad, y nunca he bebido bebidas con gas, ya que no me gustan ni soporto desde que era pequeña. Paso a contarte los hechos: En octubre del año pasado nos reunimos ya para finalizar la noche del cumpleaños de una amiga 9 amigos en una calle cercana a la casa donde nos quedabamos a dormir. Eran las 3 de la mañana mas o menos, y la chica del cumpleaños estaba bebiendo una litrona de cerveza, el resto nada. vino la policia y nos multaron a todos, a pesar de que eramos 9 personas y una botella y que yo hable con el policia alegando que nunca en mi vida habia probado la cerveza y tampoco ese dia. Alego que no le importaba, que estabamos concwntrados en la via publica y eso era suficiente.

  16. Hola José, mi nombre es Raquel y soy una chica de 19 años de Sevilla. Antes que nada, decirte que soy una persona que raramente bebe alcohol salvo en fiestas de tipo Navidad, y nunca he bebido bebidas con gas, ya que no me gustan ni soporto desde que era pequeña. Paso a contarte los hechos: En octubre del año pasado nos reunimos ya para finalizar la noche del cumpleaños de una amiga 9 amigos en una calle cercana a la casa donde nos quedabamos a dormir. Eran las 3 de la mañana mas o menos, y la chica del cumpleaños estaba bebiendo una litrona de cerveza, el resto nada. vino la policia y nos multaron a todos, a pesar de que eramos 9 personas y una botella y que yo hable con el
    policia alegando que nunca en mi vida habia probado la cerveza y tampoco ese dia. Alego que no le importaba, que estabamos concwntrados en la via publica y eso era suficiente. La multa se envio a mi antiguo domicilio y al cabo de los meses alguien la recogio y la tengo que recurrir en menos de un mes.
    Tu articulo me sirve de mucha ayuda, pero aun asi mi caso es diferente, y no me parece justo tener que pagar 100€de multa cuando nunca he bebido cerveza y en casos anteriores de este tipo, al hablar con el policia y contarle mis gustos en bebidas, me han librado de la multa. Me gustaria saber tu opinion sobre mi
    caso y que me aconsejes.
    Muchisimas gracias.
    Atentamemte,
    Raquel Mirman
    raquelguonder@hotmail.com

  17. Buenas José, lo primero felicitarte por el gran articulo, me ha resuelto muchas dudas al respecto. Mi caso es parecido, te cuento:
    Tengo 17 años y anoche fue la Graduación de mi curso, 2º de Bachillerato, para celebrarlo decidimos alquilar un local para estar todos juntos y pasar una buena noche. Pues bien, resultó que todos quedamos en un punto común ya que solo el organizador sabía llegar al sitio, aquí en Sevilla, estando algunos juntos en el sitio (recinto ferial, atrás del Club Nautico) llegó un furgón, todos-TODOS, salieron corriedo porque tenían bebidas alcoholicas y demás, pero yo que no consumo junto con un amigo y una amiga nos quedamos en el sitio, muy sorprendidos.
    Los agentes de la «ley» decidieron ponernos una multa a los 3 por, y cito textualmente:
    «La permanencia y concentración en unión de personas consumiendo bebidas alcoholicas fuera de las zonas habilitadas, colaborando con el requerimiento de los Agentes»
    Esto en un papel ya impreso, predispuesto a multar por que sí, sin razones aparentes. He dado a conocer los hechos a mis padres y saben que no consumo y demás no ha habido repercusiones, posibles «daños colaterales» de la gracia de la multa.
    Quería saber si esta denuncia, apercibimiento (como me dijo uno de los Agentes), sanción o lo que sea, es recurrible y con posibilidades de «ganar el juicio».
    Muchas gracias y enhorabuena por el post.

  18. Hola muy buenas, quiero explicarles mi caso, hace dos dias, sali con mi amigo d fiesta x barbera del valles (carpas Bora Bora), cuando lleguemos con el coche fuimos a estacionar x la cercania d dicha discoteca. Consumi alcohol dentro del coche, este cerrado. La sorpresa fue cuando me disponia a ir con mi amigo para la discoteca, solo yo portaba un vaso grande d plastico con la bebida, pero ojo, no le habia dado ningun trago ni estaba parado cuando escucho a voces d lejos un policia local d dicha localidad llamandome a gritos el del polo blanco! Yo sorprendido me di la vuelta y fui a la atencion d dicho agente, este me llevo a su coche patrulla y puso el etilometro en la parte superior del vaso, dando como resultado en la pantalla la palabra alcohol, automaticamente me da una denuncia por consumo de alcohol en la via publica, sin hacerme firmar nada ni constar en la denuncia el importe a pagar. Se que no esta bien visto llevar un vaso con alcohol x la calle, ni el precio tan abusibo que hay que pagar en los sitios autorizados( establecimientos que venden una copa al precio d la botella, 10E)… pero si la verdad fue que no consumi en la calle ni hay posibilidad alguna de que me viesen beber alcohol porque no bebi nada andando, solo lo llevaba, habria alguna manera posible d recurrir dicha sancion? Muchas gracias x su atencion.

  19. ¡ Hola! buenas tardes.A mi tambien acaba de llegarme una multa de Conil de la Frontera por beber en la calle. me pasó algo parecido a lo de esta chica. estabamos dos amigas y yo esperando en una cola el autobus en el paseo maritimo para ir a la discoteca,llevabamos bolsas con el botellon y el vaso vacio en la mano, de pronto cuando nos dimos cuenta unos policias nos dijeron que nos salieramos de la fila y nos pidieron el dni. estuvieron llamando y nos lo devolvieron, no nos dieron multa ni firmamos nada .Ahora un mes despues me llega la multa por consumir alcohol en la calle.¿puedo recurrir esa multa ?¿y si la recurro y no me la aceptan me quitan el descuento por pagarla nates de 15 dias ? ¿tengo posibilidades de que me la quiten? son 300 € agradezco vuestra ayuda.1 saludo

  20. Felicidades ante todo por tu blog!! Me ha sucedido exactamente igual, sacando bebidas del coche para ir al apartamento. Ayuntamiento de Conil de la Frontera, 8 Agosto 2013.
    Me gustaría saber si sirve de algo o alguien puede exponer su resolución?? Por lo que veo el Ayuntamiento de Conil está regalando multas x m2 a sus visitantes!
    NUNCA MáS Conil!

  21. Lo primero gracias por su blog. Me gustaría saber si alguien ha conseguido evitar tener que pagar con estas alegaciones. Paso a descibir los hechos que ocurrieron en mi caso:
    «Después de salir del cine con cuatro amigos, otros amigos nuestros nos llamaron por teléfono porque estaban en Conil. Nos mandaron la ubicación GPS al móvil y nos acercamos a saludarlos. Cuando llegamos a donde estaban ellos, vimos que estaban en la arena de la playa consumiendo bebidas. Algunas eran alcohólicas y otras no. No nos había dado tiempo de saludar a todos cuando aparecieron dos policías municipales con linternas y la placa en la mano y pidieron el DNI a todo el mundo. Todos les dimos el DNI, mis amigos recogieron sus botellas y las guardaron en sus coches. Mientras, los policías comenzaron a anotar los datos de los DNI en una libreta. Cuando les pregunté qué estaban haciendo, dijeron que estaban multándonos por ‘concentración en la calle con motivo de beber bebidas alchólicas y no alcohólicas’. Le intenté explicar al agente que algunos de nosotros acababamos de llegar, pero a él solo le interesaba apuntar los datos del DNI, y solo dijo que él tenía que tratar a todos por igual, porque no podía distinguir quién estaba bebiendo o quien no, y que la multa es por concentrarse con ese motivo.»

  22. Hola Jose, hace cuestión de 11 meses aproximadamente, nos pararon en el municipio de Jerez de la frontera, dos policias locales, posterior a pedirnos la identificación, nos tomaron los datos y nos dijeron que no era una sanción sino que simplemente era un aviso, pues no es así, hace un par de dias he recibido la multa por concentracion de personas consumiendo bebidas ( no especifica si son alcoholicas ), y alteración del orden público, me gustaria presentar un pliego de descargo, pero no tengo mucha idea de que redactar. Sin mas, un cordial saludo.

  23. Hola D. José. Mire, están haciendo lo que les da la real gana la Policía Local ya que se atienen a la literalidad del artículo 3 de la Ley Andaluza, y como tal, :abajo le expongo el tema, se limitan a poner denuncias por el simple hecho de beber, que a mi entender está totalmente en contra del espíritu de la norma que no es otra cosa que lo que le expongo a continuación y dice:

    En relación con la Ley Andaluza de consumo en la vía pública, la redacción literal “La última comunidad que recientemente ha entrado a formar parte de este grupo ha sido Andalucía que a través de la Ley 7/2006, de 24 de octubre, sobre Potestades Administrativas en materia de Determinadas Actividades de Ocio en los Espacios Abiertos de los Municipios de Andalucía, ha prohibido en su artículo 3 «la permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o realizando otras actividades que pongan en peligro la pacífica convivencia ciudadana fuera de las zonas del término municipal que el Ayuntamiento haya establecido como permitidas».”

    Esta redacción da lugar a dudas o una interpretación literal, daría lugar a que todas las personas podría ser multadas por el simple hecho de beber agua en la vía pùblica en Sevilla a 45º, ya que en la formulación de algunas denuncias de la Policía de Sevilla, en ningún momento indican que estén alterando el orden público o molestando a vecinos. Por lo tanto, se limitan, entiendo yo de una manera alejada del ESPÍRITU DE LA LEY en su preámbulo establece (la idea es el tema del botellón y las moletias a los vecinos) a formular denuncias porque está mal redactado y no se especifica si las bebidas son alcóholicas o no, y tampoco establecen una relación directa entre su consumo y el alterar el orden público.
    Por lo tanto de esta interpretación tan injusta (ya que me imagino que el legislador no querría sancionar a niños, mamás, abuelos, etc… que beben agua, refrescos, biberones, en la vía pública) de la POLICÍA LOCAL hace que se formulen esas denuncias por la mala redacción de la misma (la ley).

    A mi hijo le han impuesto una denuncia, estaba bebiendo agua, él ha alegado que no molestaba a nadie, pero al final se han “inventado” que sí, que había personas a las que el ruido le estaba molestando y que por lo tanto han alterado el orden público.

    Mientras no se gane, o alguién informe de alguna SENTENCIA QUE HAYA GANADO AQUÍ EN ANDALUCIA, no hay manera de NO PAGAR, ya que ellos lo primero que dicen es que la Ley pone consumir bebidas y como tampoco ponen el condicionante «y», si no que dice el artículo….. Consumir bebidas o realizando……» pues claro, ese «o» da a entender que son dos temas diferenciados y por lo tanto, imponen multas tanto esten o no consumiendo bebidas de cualquier tipo, refresco, agua, alcohol, o que estén o no alterando el orden público».

    Así lo que se ve es que son claramente leyes recaudatorias, o es que nadie ha ganado en un Juzgado. Claro, quíen quiere meterse en juzgados con lo que cuesta.

    Y la Policía Municipal les da igual, porque ellos con redactar la denuncia pues ya está. El dinero al final no los gastamos nosotros.

    A ver SI ALGUIEN PUEDE DARNOS ALGUNA SENTENCIA GANADA POR EL SIMPLE HECHO DE BEBER AGUA O CUALQUIER BEBIDA EN ANDALUCIA, sin que haya alteración del orden público.

    Gracias D. José. Un saludo. Paniagua.

  24. Hola D. José
    Mas de lo mismo leído en este apartado en concreto
    Hoy dia 27.06.14 recogió mi padre en mi domicilio una Advertencia por infracción en relación a la Ley 7/2006 de 24 de octubre , art. 8.1 . Hecho denunciado Consumir bebidas o realizar otras actividades, en la via publica , alterando la pacifica convivencia ciudadana. Fecha del hecho/s 28.12.13 Hora 0:45 en la localidad de Jerez de la frontera del cual soy ciudadano, lugar del hecho : centro de jerez plaza vargas.
    tengo unas dudas respecto esta advertencia, no me gustaría firmar este documento admitiendo estos hechos por varias razones.
    1. Si estaba bebiendo pero no alcohol. (entiendo que la ley dice cualquier tipo de bebida y que en tu escrito de arriba se redacta como defenderse ante este caso) aparte no recogieron ningún tipo de prueba ni me hicieron ningún tipo de prueba.
    2. al tratarse de una plaza estaba transitando o cruzandola con unas amistadas (a las cuales también les pidieron el dni y les llego también la misma carta) básicamente para ir de un local a otro porque es una zona de locales. osea salí de uno para entrar a otro en en ese momento un grupo de policía local salio de unos de los callejones que tiene esa plaza y nos pidieron el dni , alegando que solo tomaban datos y que no era multa sino un aviso por si volvía a repetirse la situación , preguntamos que situación y nos dijeron algunos beber a otros alterar la pacifica convivencia, cuando según la hora que cita la advertencia estábamos muy serenos todos. ( para colmo la noche del dia de los inocentes….)
    3. Ley un poco esa ley en concreto y vi Artículo 2. Exclusiones. y me llamo la atención:
    b) La permanencia de personas en espacios abiertos
    del término municipal destinados a la celebración de fiestas
    y ferias locales, verbenas populares, así como manifestaciones
    de carácter religioso, político, sindical,
    docente, turístico, cultural o análogas. A tales efectos,
    sólo tendrán esta consideración las que se encuentren
    reconocidas oficialmente por el Ayuntamiento o, en su
    caso, hayan sido autorizadas por éste de conformidad con
    lo establecido en la normativa aplicable.
    y pensando si en el calendarios de fiestas del ayuntamiento de jerez consta ese dia como festivo o esta dentro de un periodo para la celebracion de fiestas locales. , no seria correcta digamos esta advertencia , la cosa es que no se acceder a esa informacion para poder evitar esta advertencia ,
    porque si firmo ese documento no se cuando supuestamente expira si es que expira quiero decir si esto quedaria constancia de esta advertencia de por vida. o saber si es normal que tarden tanto en notificarme esto
    La policia local no aplica con objetividad esta ley porque aun a dia de hoy no se que es lo que hicimos para esto.
    .Se podria firmar no conforme
    Entiendo que estara D. Jose atareado pero le agradeceria enormemente alguna ayuda , aclaracion o modificacion del texto que usted mismo redacto al comienzo de esta pagina para poder ultilizarlo , porque la verdad no me gustaria entregar esta advertencia firmada

    Muchas gracias de antemano por el simple hecho de leer ese tochaco! saludos

  25. Estoy con alegaciones de una multa a mi hija en Conil por beber agua, llevo desde octubre de 2003, en mi última alegación doy por hecho que ya ha prescrito, ¿Qué opina?, creo que son 6 meses en caso de faltas leves.

  26. Hola, ayer me multaron por beber en la via publica, aun que yo no estaba bebiendo pero bueno… Soy de Madrid y me gustaría saber si esta carta para presentar alegaciones también serviría en la Comunidad de Madrid y si no es así si me podrías ayudar… De todas manera me dijeron que alegará diciendo que estaba bebiendo un coca cola… Muchas Gracias. Un Saludo

  27. Hola Jose.
    buenas noches,me alegro de que haya personas que luchen por las injusticias que se están cometiendo en este pais con un sector tan desfavorecido como el de los jovenes como yo, que ademas de no tener un trabajo nos están violando constantemente nuestros derechos, bajo estas lineas paso a contarte mi caso similar a las otras personas referente a las denuncias sobre concentración de varias personas bebiendo.
    Mi caso es similar, ocurre en Sevilla, estaban varios amigos incluso algunos con sus novias en una calle ,cierto es que estaban bebiendo alguna lata de refresco que otra, pero solamente refrescos, cuando llegue a donde estaban con mi ciclomotor y sin bajarme siquiera estuve un rato hablando con mi nova por el movil ,cuando aparecieron los agentes pidiendonos los DNI.
    El agente que me pidio la documentacion me dijo que yo tambien estaba bebiendo como ellos, a lo que le respondo que no y ni siquiera alcohol y que me haga la prueba,contestandome que no y que esta denuncia no me iba a llegar.lo cual es falso y me quieren meter 100 euros por una cosa que lo veo injusta, me siento indignado pues me da pena que mis padres tengan que pagar una denuncia tan injusta como esta .
    de aqui me gustaria que me ayudaran en algo, tal como puedo recurrir esto.Muchas gracias.

    Atentamente Emmanuel Mateos.

  28. Buenos días José Ortega.
    Le escribo porque necesito ayuda. Nunca me habían puesto una multa y resulta que anoche, desgraciadamente, dos policías se acercaron a mis dos amigas y a mi. Nosotras no prestábamos atención y no nos dimos cuenta. Una de ellas guardaba una botella de ginebra en su bolso.
    Uno de los policías le abrió el bolso nada más saludarnos, la sacó, la abrió y la vació en el césped. Nosotras no estabamos bebiendo, la botella estaba guardada y cerrada, acabábamos de llegar.
    Nos pidieron los DNI sin mediar palabra, nosotras no sabíamos que decir y accedimos a todo lo que nos dijeron, incluso nos dijeron que nos multaban por lo que estabamos haciendo… No haciamos nada…
    Nos han puesto una multa de 150€, la cual me gustaría recurrir porque no bebíamos alcohol como ellos alegan, y porque no veo bien aquello de abrirnos el bolso en busca de alcohol o alguna sustancia.
    Expongo esto por si podría darme alguna sugerencia.
    Muchísimas gracias.

  29. Buenas,me gustaria saber si es legal que la policia local se vista de paisano y se acerque a 4 niñas menores,¡pegandole un susto de muerte¡,y les multen a las 4 porque una llevaba una maceta?no llamen a los padres y al mes llegue una notificacion de la multa.me parece abusivo¡¡en la notificación pone por beber,se puede ya recurrir o hay que esperar?,no estoy dispuesta a que mi hija tenga abierto un expediente porque al policia le venga en gana¡¡¡¡¡cuando ella no bebe.porfavor me puede ayudar? ahora es delito estar en un parque con tus amigas¡¡¡

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